22 de diciembre de 2011

El uso abusivo de la corona real

UNQUE se parezcan las peras no son manzanas. Y como las peras no son manzanas no hay que confundirlas, por mucho que exista la Pera Nashi que sería la excepción a toda regla que se precie. Esta es una entrada protesta del uso abusivo de la corona real en la heráldica cívica en España, a lo que, desde mi punto de vista, desvirtúa el significado de esa corona dejando de ser especial y siendo de lo más común.

Corona real.
La corona real tiene más significados que cualquier otra corona. Si bien una corona de duque representa al título nobiliario, en un escudo cívico nos indicará que fue el centro de un ducado. La corona real, en el caso de la heráldica gentilicia, representa a la autoridad monárquica en su escudo de armas personal.

Escudo actual del Reino de España.
En los escudos nacionales puede significar monarquía, como en el escudo de España, aunque también puede significar soberanía, como en el escudo de la República de Bulgaria.

Escudo de la República de Bulgaria, timbrado con corona real.
Es muy común timbrar con corona real los municipios de España y el motivo, yo creo que dicho desde el desconocimiento del significado simbólico, hay casos en que es algo como esto:
... se ha distinguido por su peculiaridad en el sentimiento castellano y español, además de monárquico, nos ha resultado oportuno recurrir al formato de escudo español cubierto con la corona Real (borbónica) español actual.
Además se refieren a la corona real como corona borbónica, otra vez confundiendo peras con manzanas. Me gustaría mostraros un escudo:
Escudo del Pinell de Brai.
Este escudo tiene que ser cívico, porque lleva una corona mural y debe ser un municipio de tamaño medio en cuanto a población se refiere, al ser una villa. Según el criterio de algunos para timbrar con corona real, ¿es el sentimiento antimonárquico es el que predomina en ese municipio?. Antes de contestar, fijaros en el jefe, son armas aumentadas por concesión real de Carlos III con las armas del reino de España.

Supongo que toda esta confusión viene por el hecho de que en la Segunda República se modificó el escudo nacional eliminando el escusón de los Borbón-Anjou y cambiando el timbre sustituyendo la corona real por una corona mural nueva. Creo que eliminar el escusón fue lo apropiado para la Segunda República, pero el cambio de corona podría ser un error, ya que aquella corona también significa soberanía y en mi humilde opinión debería haber permanecido timbrando el escudo.

De igual forma que no timbramos un escudo de armas personal o gentilicio con corona real por muy monárquico que sea el portador de esas armas, no creo que un municipio deba hacer lo mismo solo para reflejar un sentimiento. Existe una colección de coronas pensadas y exclusivas para la heráldica cívica. Son las coronas murales y son independientes al sentimiento monárquico o republicano.

Un escudo de armas que lleve una corona mural nos dará la seguridad que se trata inequívocamente de un escudo cívico. Además sabremos la magnitud del tipo de ente local al que representa:

Corona mural de pueblo.
Un escudo con esta corona nos informa que es un escudo cívico y que seguramente el municipio tendrá menos de 5.000 habitantes.

Corona mural de villa.
Si un escudo de armas presenta este timbre, sabremos que se trata de un escudo cívico, nunca gentilicio y que seguramente tendrá entre 5.000 y 20.000 habitantes.

Corona mural de ciudad.
El escudo de armas que lleve una corona de ciudad nos da la certeza de que se trata de un municipio, y que seguramente tenga más de 20.000 habitantes.

Hay casos en los que si que es apropiada la corona real en un escudo cívico. Ciudades de residencias y propiedades reales como Barcelona, Zaragoza, León, etc,  si que es apropiado, pero ya está, que si no pierde su valor simbólico en contra de convertirse en una mera manifestación de sentimiento popular, alejándose del propósito de la heráldica.

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16 comentarios:

javier dijo...

Sólo como comentario

...quizás exista alguna excepción más... creo recordar haber leído en otros blogs de heráldica el uso correcto de la corona real como indicación de subordinación al reino , y así sería el caso de casi todos los escudos modernos de comunidades autónomas españolas.

Por otro lado, estarían los municipios que timbran con corona real como expresión de vinculación histórica a la corona o concesión de privilegios desde esta (territorios de realengo...)... en particular estoy ahora recordando entradas en el estupendo blog de heráldica catalana de D. Javier de Cruilles, en sus series de heráldica cívica catalana por comarcas.

javier dijo...

uhmmm estaba ahora repasando en wikipedia heraldica municpal catalana y no veo en absoluto "tantos ejemplos" como que creía recordar...

javier dijo...

... y un apunte curioso: el escudo del Principado de Asturias tiene como timbre la corona real, no de príncipe ... Como diferencia, encontramos que que el escudo de Girona (no de la diputación), sí que está timbrado con la corona de príncipe. :-)

... y por completitud hacia los títulos del heredero: el escudo de Viana también está timbrado con corona real ... pero abierta.


Curiosidades :-)

Xavier Garcia dijo...

Las comarcas catalanas con escudo oficial llevan corona mural de comarca, y las diputaciones con escudo oficial, como la de Lleida, corona mural de provincia.

Los escudos catalanes que llevan la Señal Real, puede ser por dos motivos, pertenencia o privilegio. http://dibujoheraldico.blogspot.com/2011/10/armas-por-concesion-o-por-pertenencia.html

Todo lo significante, se refleja en el escudo.

Josep dijo...

Muy interesante la entrada, como todas. Sólo quería puntualizar que en el caso de las coronas murales, la diferenciación entre pueblo, villa y ciudad según los habitantes (menos de 5000, entre 5000 y 20000 y más de 20000), se da en Cataluña desde el Decreto Legislativo 2/2003 (http://www.gencat.cat/diari//3887/03125008.htm), de 28 de abril de 2003, en que en su artículo 34.1 se establece que "Els municipis poden anteposar al seu nom el títol de vila si tenen més de cinc mil habitants i el de ciutat si en tenen més de vint mil" (Los municipios pueden ateponer a su nombre el título de villa si tienen más de 5000 habitantes y el de ciudad si tienen más de 20000). No sé si esta distición se hace en el resto de España por razón de habitantes y si se hace si es con los mismos parámetros de población.

Wolfson dijo...

Interesante y atinado artículo sobre el abuso del timbre real en escudos cívicos.
Ocurre lo mismo con el uso del escudo de armas del Estado en las banderas utilizadas por los particulares en sus manifestaciones.

En mi opinión, el escudo del Estado sólo debe insertarse en las banderas de los edificios público, despachos y vehículos de autoridades con derecho a portar bandera y unidades y vehículos militares.

El resto de los usos de la bandera debería ser SIN ESCUDO ALGUNO.

Off Topic:
Magnífico blog sobre heráldica.

Xavier Garcia dijo...

En mi opinión, el escudo de armas NO debería estar nunca en la bandera. Son emblemas diferentes y uno no tiene porqué aparecer en el otro.

Carlos Viñas-Valle dijo...

Cómo explica usted entonces que la peana del monumentp ecuestre de Alfonso XII een El Retiro esté rodeado de seis coronales murales, cuando se trata de un monumento monárquico por exclencia.

Xavier Garcia dijo...

Desconozco el motivo de porqué hay seis coronas murales pero no creo haber dicho que las coronas murales sean antimonárquicas. Por cierto, el monumento es precioso.

Creo que Alfonso XII era bastante liberal. Creo que la peana se sujeta por esos seis puntos donde me parecer recordar que hay alegorías a los antiguos reinos y coronas y las flores de lis y por encima la corona mural. ¿Habrá alguien que sepa el motivo de porqué ese diseño de coronas? yo no lo se y si hay alguien que lo sepa estaría bien su opinión.

Carlos Viñas-Valle dijo...

Gracias por la respuesta, pero poco aclara. Es que lo de las coronas del Retiro no hay nadie que tenga explicación. Lo de que Alfonso XII fuera liberal no tiene nada que ver en absoluto. Las primeras coronas reales murales castellanas son medievales; de Alfonso VIII creo. Eso está claro.

Xavier Garcia dijo...

Por eso mismo. jajajajajaja si los que conocen bien el tema no saben el motivo, ¿lo iba a saber yo que soy un ignorante?.

Carlos Viñas-Valle dijo...

Pues nada entonces. No queda más solución que echarse a reir. Un saludo.

Soliloco dijo...

Coincido en lo que dices. La mural no significa oposición a la real. De hecho, la introducción de la mural en el escudo español no se produce durante la Primera República, como se suele creer, sino durante la Regencia de Serrano o, el Gobierno Provisional (ahora no recuerdo exactamente). En cualquier caso, un periodo que no fue republicano, sino monárquico, aunque diera un cambio de dinastía.

Sobre tu recomendación de uso, seguramente tienes razón. Es un principio de la heráldica no usar de la corona a la que no se tiene derecho. Pongo un reparo, que creo que es principal obstáculo a su aceptación. No me gusta la clasificación en términos demográficos. Me parece poco heráldico, aunque así lo hayan estipulado en buenas heráldicas. Preferiría una en términos históricos. Por ejemplo, hay poblaciones españolas que se han ganado, durante siglos y de muy diversas formas, su título de ciudad, y ello debería quedar reflejado independientemente de su accidente demográfico actual. Solo es mi opinión, pero no creo que fuera difícil adaptar las coronas murales a esta realidad.

JUAN LUIS dijo...

¿Alguien me puede orientar? Mi pregunta es ¿cómo sé si un escudo está sujeto a derechos?

Villa Castrojimeno dijo...

En Castilla la mayoría de los títulos son por concesión real, no por población, Ejemplos Castrojimeno 39 habitantes es villa por concesión de Enrique IV, y Cantalejo es ciudad ahora con 3000 habitantes se le concedió el titulo de ciudad por Alfonso XII cuando tenia 2000.
Ahora los nuevos escudos casi al 100% llevan el escudo real, cuando almenos los pueblos con titulo deberían llevar la mural correspondiente. Lo del uso del escudo sobre la bandera es otro uso excesivo en mi opinión.

Xavier Garcia dijo...

Coincidimos.